LOS DERECHOS HUMANOS COMO EXPRESIÓN DE LA DIGNIDAD HUMANA
LOS DERECHOS HUMANOS COMO
EXPRESIÓN
DE LA DIGNIDAD HUMANA
MÉTODO
HISTÓRICO-DOCTRINAL
Desde León XIII hasta Juan Pablo II es
lenta y difícil la recuperación de la tradición y de una nueva visión, por
parte de la Iglesia, en el problema de las libertades públicas y de los
derechos humanos.
Todo derecho es humano, porque sólo el
hombre es titular de derecho en sentido estricto, antiguamente se hablaba de
derechos naturales como aparece en las Declaraciones Americana y Francesa, en
cuanto fundados en la naturaleza o, según la escolástica, en el derecho natural
y no entendidos únicamente en su formulación positiva y canónica.
El Antiguo y Nuevo Testamento ofrecen
criterios sobre la persona en su relación con la sociedad y con el poder
político. Trasmiten una visión religiosa en la que está presente el poder
político. Ese "humus" bíblico
y cristiano se encarnará lentamente en la historia social, según se van entendiendo
y asumiendo las vivencias cristianas con mayor o menor intensidad.
Los derechos humanos para la Iglesia son
el resultado de una simbiosis entre experiencia y teoría bastante precisas, con
declaraciones de derechos humanos y su defensa, más conectados con teólogos,
juristas, misioneros y evangelizadores, que con el Magisterio del Papa.
Desde León XIII hasta ahí la postura de
la Iglesia se decanta y articula dentro de su propia concepción sobre el hombre,
la sociedad y el significado y funciones del poder político.
El Evangelio es un mensaje de libertad y
una fuerza de liberación que lleva a cumplimiento la esperanza de Israel,
fundada en la palabra de los profetas.
El sentido de democracia radical faculta
para ejercer el derecho de resistencia hasta el tiranicidio. El bien común de
la sociedad justifica, por otra parte, la intervención del Estado en la
sociedad y en la regulación de la vida económica.
La Revolución Americana, con sus
Declaraciones y la Revolución Francesa con su Declaración de los derechos del
hombre y del ciudadano, posteriormente enmendadas, tienen inspiración española y
cristiana. La Iglesia no reaccionó en este caso de forma no totalmente
adecuada.
La inserción del espíritu cristiano como
raíz de los derechos humanos, llamados "libertades sociales y
civiles", y la recuperación de su dimensión religiosa, es lenta y difícil
durante las SS. XIX y XX. Ayudan a ello el catolicismo liberal que buscaba las
libertades civiles y el catolicismo social que se oponía a los abusos del
capitalismo y defendía el proletariado y sus derechos de vida.
ALGUNOS DERECHOS HUMANOS
MÁS IMPORTANTES.
- · El derecho a la vida: Para la Biblia la vida es un don de Dios. Tiene un valor divino porque de Él participa, con independencia de sus cualidades y de su utilidad social, en todas sus formas, no solo biológica y en todas las dimensiones del hombre.
- · El derecho a la libertad religiosa: Se trata de la libertad de conciencia y por tanto de religión para dar culto a Dios y practicar la fe.
- · El derecho a la participación en la vida social: Implica la necesidad de la educación en la participación cívica y política. Su carencia es una forma de pobreza. No se puede dar sin el derecho de asociación, para formar, entre otras, sindicatos y asociaciones intermedias.
- · El derecho a la participación económica con el derecho de iniciativa económica (SRS. CA.) para todos los miembros de la comunidad política, por la función social misma de la propiedad individual y colectiva.
- · El derecho de los pueblos a salir de la miseria: Ante la realidad del problema Norte-Sur. Frente a la dependencia está la solidaridad y la exigencia de creación de nuevas solidaridades.
El derecho natural y el derecho de
la persona marcan el orden moral que es interior y tiene propiedades
universales, inviolables e individuales con tres aspectos: el orden objetivo,
el conocimiento natural como fuerza moral y su obligatoriedad y vigor jurídico.
El fundamento último de todo ello está en Dios.
Los derechos fundamentales de la
persona humana en sí misma: a la vida y medios necesarios; a la vida del
espíritu (libertad de conciencia); a la libertad de pensamiento e investigación
y a la educación y a la cultura.
También tiene la persona derechos
como ser familiar, la persona tiene derechos en cuanto ser trabajador, a una
distribución de bienes, a la propiedad y a la participación en la vida
económica.
José
Isaías Yate Oyola
III
de Filosofía
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